El Tribunal Superior de Neiva confirmó la condena de 12 años de prisión contra Lorenzo Rivera Bermeo, de 66 años, por el delito de acceso carnal violento contra su exesposa, Sandra Marina Ortiz, en hechos ocurridos en el municipio de Pitalito, Huila.
Los hechos se remontan al 7 de abril de 2014, cuando la mujer se dirigía hacia una escuela del barrio La Virginia. Según el proceso judicial, Rivera Bermeo la invitó a conversar sobre asuntos relacionados con la hija que ambos tenían en común y posteriormente se desplazaron hasta una vivienda ubicada en ese mismo sector.
De acuerdo con la investigación, una vez en el inmueble, el hombre habría cerrado la puerta con llave, agredido físicamente a la mujer y cometido el ataque sexual. La víctima posteriormente fue valorada por personal médico-legal, que documentó diferentes lesiones físicas y tomó muestras biológicas.
El Juzgado Primero Penal del Circuito de Pitalito había condenado a Rivera Bermeo a 144 meses de prisión. La defensa apeló la decisión y cuestionó, entre otros aspectos, las diferencias existentes entre algunas de las versiones entregadas por la víctima durante el proceso.
Sin embargo, al resolver el recurso, el Tribunal Superior de Neiva consideró que esas diferencias no comprometían los elementos esenciales del relato y señaló que la aceptación de la mujer de acompañar inicialmente a su exesposo para conversar no podía interpretarse como consentimiento para mantener relaciones sexuales.
“La voluntad dirigida a sostener una conversación o acompañar a otra persona al interior de un inmueble en modo alguno incorpora autorización para la ejecución de actos de naturaleza sexual”, señaló el magistrado Hernando Quintero.
Con esta decisión, el Tribunal confirmó la sentencia condenatoria contra Rivera Bermeo por los hechos ocurridos en Pitalito.
