El fuero presidencial pone sobre la mesa un posible proceso contra Gustavo Petro por su gestión

Expertos en derecho constitucional y penal explicaron que el fuero presidencial permite investigar a un exmandatario por actuaciones relacionadas con el ejercicio de sus funciones. El análisis surge tras las denuncias de Deicy Jiménez, quien señala a Petro de presuntamente favorecerla con contratos estatales a cambio de favores sexuales. Las acusaciones deberán ser objeto de investigación y no constituyen hechos demostrados.

El expresidente Gustavo Petro podría enfrentar un juicio por indignidad en el ejercicio del cargo, incluso después de finalizar su periodo presidencial. Así lo señalaron expertos consultados por Infobae Colombia, al analizar las implicaciones jurídicas de las denuncias realizadas por Deicy Jiménez, quien lo acusa de presuntamente haberle facilitado contratos con entidades estatales a cambio de favores sexuales.

La controversia tomó mayor relevancia luego de que Jiménez difundiera un video en el que aparece junto al entonces mandatario durante un encuentro privado. La mujer sostiene que el material respalda su versión sobre la relación que habría mantenido con Petro. Sin embargo, el registro audiovisual no demuestra por sí solo que se hayan celebrado contratos, realizado pagos o tomado decisiones oficiales relacionadas con las acusaciones.

El caso ha abierto interrogantes sobre el alcance del fuero presidencial y la posibilidad de que el Congreso adelante un proceso de responsabilidad política por actuaciones que presuntamente habrían ocurrido durante el ejercicio del poder.

El fuero presidencial no termina con el mandato

Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, explicó que jurídicamente es posible adelantar un juicio por indignidad contra un expresidente, siempre que se cumpla el procedimiento constitucional.

Según el jurista, la investigación corresponde inicialmente a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes. Posteriormente, la plenaria de esa corporación tendría que determinar si existen elementos para formular una acusación ante el Senado de la República.

Por su parte, Fabio Pulido, profesor de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales de la Universidad de La Sabana, señaló que el fuero constitucional se mantiene respecto de las actuaciones u omisiones relacionadas con el ejercicio de las funciones presidenciales, aunque el mandatario ya haya terminado su periodo.

Esto significa que dejar la Casa de Nariño no impediría examinar posibles responsabilidades por hechos que presuntamente hubieran ocurrido mientras ejercía la Presidencia.

¿Qué tendría que demostrarse?

Los expertos señalaron que una relación personal o íntima no constituye, por sí misma, una falta contra la función pública.

El aspecto determinante sería establecer si existió utilización del poder presidencial para obtener beneficios particulares, intervenir indebidamente en procesos de contratación o favorecer intereses personales mediante decisiones oficiales.

Fabio Pulido explicó que el juicio por indignidad corresponde a un mecanismo de responsabilidad política y constitucional, diferente de un proceso penal. Por ello, una eventual sanción no dependería necesariamente de que exista primero una condena penal, sino de que se acrediten los presupuestos jurídicos de responsabilidad ante las instancias competentes.

¿Qué consecuencias podría tener un juicio por indignidad?

El procedimiento contempla varias etapas. Primero, la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara debe examinar los hechos, recopilar elementos probatorios y establecer si hay fundamentos para avanzar.

Después, la plenaria de la Cámara decidiría si presenta una acusación ante el Senado, corporación encargada de adelantar el juicio correspondiente.

En caso de que se establezca responsabilidad por indignidad, al tratarse de un expresidente ya no sería posible aplicar una destitución del cargo que dejó de ejercer. Según la explicación de los expertos, la consecuencia podría ser la privación de sus derechos políticos.

Además, si durante el procedimiento aparecen elementos que indiquen la posible comisión de delitos, el asunto tendría que remitirse a la Corte Suprema de Justicia para lo de su competencia.

Por ahora, las denuncias divulgadas por Deicy Jiménez plantean interrogantes sobre una eventual utilización del poder público con fines particulares. La determinación de si existieron irregularidades dependerá de las investigaciones y de las pruebas que puedan ser examinadas por las autoridades correspondientes.