Un fallo de tutela ordenó restablecer de manera inmediata y permanente el servicio de salud para 1.449 personas privadas de la libertad en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana Seguridad de Neiva (ERON). La decisión fue emitida el 27 de enero de 2026 por el Juzgado Segundo de Familia de Neiva, tras una gestión oficiosa adelantada por la Personería Municipal, al evidenciarse graves fallas en la atención médica al interior del centro penitenciario .
El juez determinó que la suspensión y prestación deficiente del servicio vulneró derechos fundamentales como la vida, la salud, la dignidad humana y la integridad personal de la población reclusa. En consecuencia, ordenó a la Unión Temporal Salud USPEC 2 reactivar el servicio médico sin restricciones, durante las 24 horas del día, incluidos fines de semana y festivos, garantizando atención integral, urgencias, remisiones, suministro de medicamentos y el cumplimiento de las órdenes médicas .
El fallo también exige la atención presencial en psiquiatría y establece responsabilidades para la Fiduciaria La Previsora S.A. y la USPEC, entidades que deberán ejercer control y vigilancia sobre el contrato de salud, con el fin de evitar nuevas vulneraciones y asegurar la continuidad del servicio dentro del centro penitenciario .
En su pronunciamiento, el despacho judicial cuestionó con dureza la actuación del operador del servicio, al señalar que resulta inadmisible suspender la atención médica por conveniencia administrativa, cuando está en riesgo la vida de los internos. Por su parte, la Personería de Neiva anunció que hará seguimiento estricto al cumplimiento de la orden judicial, reiterando que las personas privadas de la libertad son sujetos de especial protección constitucional y que su derecho a la salud no puede ser condicionado .
